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A partir del 1º de Marzo de 2010 los profesionales que realicen interdepósitos bancarios para el pago de Matrícula o CEP, deberán comunicarlo inmediatamente al CAPBA para su registro e imputación , de no hacerlo y al no tener conocimiento el CAPBA del propósito de dicho pago estos pagos serán pasibles de ajustes, actualizaciones.
Se adjunta la disposición Nº 3/10 en la que se detalla la documentación a remitir en cada caso.
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Por resolución del consejo superior del CAPBA se ha modificado el régimen de subsidio de salud que presta el colegio a los matriculados regulares.
El mismo cubre nuevas intervenciones de media complejidad, además de las de alta complejidad y transplantes cubiertas hasta el momento.
Además no contempla preexistencias y solo carencia en casos de rehabilitar la matricula, el reintegro se realiza contra presentación de la factura de los gastos realizados por el monto de los mismos y hasta el tope establecido en el nomenclador anexo a la resolución.